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Debate argumentado, el reto

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El terreno de la expresión es, por supuesto, mejor que la confrontación por otras vías, cualesquiera sean éstas. Con todo, siempre será deseable que la comparación de lo que pueda ser dicho sobre las acciones o decisiones del quehacer y de la agenda pública esté nutrido de información, formación y, por supuesto, de la ideología a la luz de lo que se sostenga o se afirme.

Una acción de gobierno puede ser al mismo tiempo analizada y argumentada desde las más distintas posturas de convicción. Lo importante es que lo que se diga tenga un ejercicio de análisis lógico que resulte razonablemente verosímil. A mayor argumentación en el mensaje más amplio será el alcance de un punto de vista en los receptores.

Por el contrario, el mensaje ayuno de datos sólo tiene un impacto circular en un acotado universo ya convencido y donde se reproduce lo que se denomina el sesgo confirmatorio en psicología; es decir, la renovación constante de su forma de pensar y ver la realidad bajo un prisma preconcebido que no admite opiniones distintas a lo que cree que es correcto.

Si bien es verdad que la libertad de expresión (en su sentido estricto) supone un enunciado subjetivo que no puede ser susceptible al estándar de veracidad, también lo es que la forma de expresión puede tener mayor o menor impacto en las audiencias en la medida en que esté arropado de datos y de razonamientos que fortalezcan la idea que se transmite y genere, por ello mismo, mayores ejercicios de análisis a la opinión pura y dura, la cual rápidamente puede ser rebatida con juicios similares.

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La uniformidad de ideas es inversamente proporcional al contagio de prácticas democráticas. Pero la emergencia de adjetivos e incluso de insultos (qué está prohibido por la Constitución que no admite el derecho al insulto, por cierto) al amparo de la libertad de expresión resta mucho a la calidad del debate. En todos los espacios ideológicos hay modos de expresar un posicionamiento.

En el caso de los detractores habituales de la 4T y del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador hay, por supuesto, polemistas de distinta formación y preparación, unos que han radicalizado sus puntos de vista en desdoro de la argumentación y otros que articulan razonamientos de largo aliento, cuya lectura es obligada, con independencia de que se esté o no de acuerdo con sus posiciones.

De modo enunciativo, no limitativo, se pueden identificar por orden alfabético por nombre y apellidos algunos ejemplos de quienes hacen la tarea de reflexión seria, porque quieren y pueden, lo que es agradecible para quienes no pensamos igual habida cuenta que representa un reto intelectual oponer la tesis contraria al tema objeto de polémica.

En esa lista, que está sujeta, no me cabe la menor duda, a una valoración subjetiva y personal que puede ser distinta a lo que cada quien piense bajo distintos parámetros de medición, ubicaría a Elisur Arteaga Nava, de Proceso, Ciro Gómez Leyva, de Radio Fórmula, Alfredo González, de El Heraldo de México, Joaquín López Dóriga, de Milenio, Enrique Quintana, de El Financiero, Ricardo Ohms, Roberto Rock, Raúl Rodríguez y Javier Tejado Dondé,  estos últimos cuatro de El Universal, quienes representan una muestra (sólo eso, lo reitero) de cómo se puede hacer periodismo de opinión con rigor periodístico, al margen de sus respetables (y no compartibles por mí) posiciones.

Hay un criterio orientador del papel del periodismo de opinión internacionalmente aceptado, que reposa en el Código Europea de Deontología del Periodismo, redactado por el catedrático de la Universidad Complutense de Madrid, Manuel Núñez Encabo, y adoptado como suyo por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, el cual establece en tres artículos relevantes para este efecto: “5. La expresión de opiniones puede versar sobre reflexiones en relación con ideas generales o referirse a comentarios sobre noticias relacionadas con acontecimientos concretos.

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Si bien es cierto que en la expresión de opiniones por ser subjetivas, no debe ni es posible exigirse la veracidad, sin embargo, se debe exigir que la emisión de opiniones se realice desde planteamientos honestos y éticos. 6. La opinión referente a comentarios sobre acontecimientos o acciones de personas o instituciones, no debe intentar negar u ocultar la realidad de los hechos o de los datos.

8. La información constituye un derecho fundamental reconocido como tal por el Convenio europeo de los derechos humanos y las Constituciones democráticas, cuyo sujeto o titular son los ciudadanos, a quienes corresponde el derecho de exigir que la información que se da desde el periodismo se realice con veracidad en las noticias y honestidad en las opiniones sin injerencias exteriores, tanto de los poderes públicos como de los sectores privados.”

Y efectivamente, el derecho a la información garantizado por el artículo 6º constitucional en México (Ojo: no es sinónimo ni se reduce al vocablo “acceso a la información pública” que es una especie del género derecho a la información) reclama una responsabilidad pública al informar y opinar a través de los medios de comunicación empezando por el dominio del lenguaje. Esto parece perderse por momentos, no hay que permitir que ello suceda en perjuicio de todos.

 

Con información de: www.proceso.com.mx 

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Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de su autor y no representan necesariamente el punto de vista de este medio

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