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Familias de custodios asesinados demandan reparación del daño 

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Por: Sandra Dueñes Monárrez.

Chihuahua, Chih., a 15 de julio del 2024.- La demanda interpuesta por nueve de las diez familias de los custodios asesinados en el Cereso No.3 de Ciudad Juárez corresponde no por el pago de prestaciones, sino como una indemnización por la muerte que tuvieron los empleados del Sistema Penitenciario durante el motín del 1 de enero del 2023, explicó la diputada local por Morena, María Antonieta Pérez Reyes.

De los nueve de los diez custodios que representamos “estaban en regla sus contratos con salarios bajos que partían desde los mil 500 por semana, incluso hasta por quincena, pero eso sí con prestaciones establecidas en la ley”, reconoció la legisladora.

“Tan es así que tan pronto ocurrieron los hechos, antes de demandar el pago de una indemnización por responsabilidad del Estado por la forma en que murieron los custodios se tramitó ante Pensiones Civiles del Estado tanto el pago de los salarios y prestaciones, como la asignación del servicio médico de los deudos, en esta caso de las viudas y sus hijos”, recordó.

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Sin embargo, desde el punto de vista de la legisladora, el salario y las prestaciones asignadas por parte del Estado a las viudas y sus hijos es insuficiente, ya que una de ellas es ama de casa con tres hijos a quienes con lo otorgado no le alcanza a cubrir las necesidades.

Por ello, argumentó Pérez Reyes que nueve de las diez familias de los custodios asesinados se decidieron a interponer una demanda contra quien resulte responsable por daño administrativo y moral, por la muerte de los custodios quienes fueron asesinados en su lugar de trabajo, en horas de trabajo con nada de seguridad por lo que el responsable de esas muertes en este caso serían tanto la FGE como la SSPE y el Gobierno del Estado.

Ya vamos en la etapa de pruebas, pensé que tratándose de un caso tan grave como lo ocurrido en el Cereso Estatal, ni siquiera iban a pelear la demanda, pensamos que se iban a sentar con los abogados de las familias para llegar a un acuerdo para indemnizarlos, no lo hicieron, sino todo lo contrario.

En respuesta, la SSPE que encabeza Gilberto Loya se puso a pelear a través de su equipo jurídico argumentando que ya se habían pagado las indemnizaciones que por ley les corresponden, no obstante, están son insuficientes, recriminó Pérez Reyes.

La legisladora aseguró que la SSPE ha desconocido a los nueve empleados ya que cuando sucedieron los hechos los custodios eran parte de la Fiscalía General del Estado, pero luego de los hechos, el sistema penitenciario pasó a ser responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, sin embargo, finalmente el patrón el Gobierno del Estado de Chihuahua.

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El cree que como al momento del motín no se firmaba el decreto, la responsabilidad no le corresponde a él, en lugar de decir que finalmente sirvieron al Gobierno del Estado como lo fue Guadalupe Galán quien laboró un período de 30 años entre una dependencia y otra.

Los abogados ya recibieron la negativa de relación laboral de cada uno de los nueve custodios asesinados, lo que se traduce en que además de estar litigando la demanda, están queriendo exhibir a los custodios como mentirosos, es una falta de vergueza y empatía lo que están mostrando ellos en el juicio, ellos los mataron dentro de su lugar de trabajo y todavía te pones a regatear y pelearte a las familias, es increíble, concluyó Pérez Reyes.

La demanda por reparación del daños abarca de acuerdo al artículo 1916 del Código Civil Federal y Ley de Responsabilidad Civil del Estado de Chihuahua contemplan el daño moral, la afectación de una persona a sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

También se define como el menoscabo que sufre una persona en sus bienes o derechos que pueden ser de tipo patrimonial, físico o moral. Es también un agravio moral, que no se traduce en la pérdida de dinero sino en una lesión a intereses morales, por lo que sería el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA) quien establezca el monto de la indemnización.

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