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Estado

Otorga juez federal amparo de protección a desplazados de Cinco Llagas

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Por: Sandra Dueñes Monárrez.

Guadalupe y Calvo, Chih., a 12 de septiembre del 2024.- Concede juzgado de Distrito amparo para la aplicación de medidas de protección a familias desplazadas por la violencia de grupos criminales en las comunidades de El Cajoncito, El Pie de la Cuesta, Las Casas y cinco Llagas en el municipio de Guadalpe y Calvo.

Medidas de protección se suman a las ya otorgadas previamente para la comunidad de Santa Tulita y otras rancherías que han sido afectadas por la guerra entre grupos criminales que operan en la zona.

El pasado 6 de septiembre el Juzgado Octavo de Distrito concedió el amparo promovido bajo el número de expediente 2079/2024 por un defensor público federal; el documento, ordena la reubicación y atención humanitaria para las familias desplazadas a la comunidad de Cinco Llagas, en Guadalupe y Calvo.

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A través de la suspensión otorgada por la promoción de dos amparos promovidos por las integrantes de comunidades odame de Guadalupe y Calvo, y que fueron elaborados por el Instituto Federal de Defensoría Pública; los jueces de Distrito conceden la protección federal para que las autoridades responsables dentro del ámbito de sus funciones y competencias realicen diversas gestiones de protección a sus vidas y atención a sus necesidades básicas.

Este amparo, se suma a uno más que se concedió en marzo pasado por el Décimo segundo Juzgado de Distrito a la comunidad odame de Santa Tulita, también en Guadalupe y Calvo, y en cuyos ordenamientos, los Tribunales Federales indican la protección a integrantes de Santa Tulita, en Guadalupe y Calvo, para prevenir el desplazamiento forzado.

En el amparo más reciente, y que atañe el caso de Cinco Llagas, se ordenó por parte del juez federal que se lleve a cabo la reubicación o reasentamiento de las personas odame que se encuentran en la comunidad de Cinco Llagas, que deberá ser de manera asistida, digna y segura.

Al lugar en el que se les lleve se les deben garantizar alojamiento digno, alimentación, agua potable, vestido y asistencia en salud física, psicosocial, así como vivienda y todos los satisfactores para que accedan a una vida digna.

Además deberán proporcionar educación en Cinco Llagas, atención de un médico de manera continua y atender las deficiencias que padecen, así como enviar los apoyos alimentarios suficientes.

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Asimismo, que las autoridades realicen estudios integrales de viabilidad y de costo/beneficio para la reubicación de población en zonas de riesgo, para brindar seguridad jurídica y social a la comunidad quejosa, acorde con las Reglas de Operación del Programa de Ordenamiento Territorial y Esquemas de Reubicación de la Población en Zonas de Riesgo. La resolución incluye a pobladores de las rancherías de Cinco Llagas, El Cajoncito, El Pie de la Cuesta y Las Casas, todas de la sección San Juan Nepomuceno.

En el caso de Santa Tulita, el primer amparo, la suspensión ordenó:a) Iniciar investigaciones relativas a la presencia de grupos de delincuencia organizada en la comunidad quejosa y judicializarlas. Realicen continuamente visitas para analizar la situación, en relación con el acceso real a salud, vivienda, educación, trabajo y seguridad.

Se proporcione educación de calidad a los estudiantes de la escuela ubicada en Santa Tulita, en el idioma que domine la parte quejosa. Asimismo, para que se proporcionen uniformes escolares y alimentos en dichas instalaciones y horario escolar.

Se incluya a los quejosos adultos en edad productiva a programas de educación especial para los adultos. Acrediten las acciones que han llevado a cabo para vigilar, proteger, prevenir, inhibir y erradicar la violencia generalizada en esas comunidades.

Se realice evaluación psicológica a las personas que habitan en las comunidades, con el fin de establecer el estado emocional y mental derivado de las amenazas de muerte, secuestros, violaciones sexuales y reclutamiento de familiares forzado para que se les proporcione ayuda psicológica. Se proporcione atención médica y de alimentación a los niños, niñas y adolescentes que presentan un cuadro de desnutrición.

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La resolución incluye a pobladores de las rancherías de Santa Tulita, El Cajoncito, El Hundido, El Riyito, Indé, Mala noche, Puerto de Animas, Puerto de Mala noche, Puerto Riyito, Santa Tulita, El Portezuelo/puerto suelo y Puerto Amador.

Por lo anterior, organizaciones civiles que hemos estado pendientes de los casos, esperamos que las instancias gubernamentales correspondientes atiendan, en el ámbito de sus facultades, todos los ordenamientos emitidos por la autoridad judicial, para la protección de la vida y los intereses de las comunidades afectadas.

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